Amenazas Criminales en California

AMENAZAS CRIMINALES EN CALIFORNIA

Las Amenazas criminales son un delito en California y pueden ser cargado como un delito grave o un delito menor. 

Como la Fiscalía Puede Demostrar un Cargo de Amenazas Criminales en California 

Los elementos de las Amenazas Criminales se establecen en la sección 422 del Código Penal (“PC 422”). Una persona comete el delito de las Amenazas Criminales cuando:

  1. Intencionalemente amenazó con cometer un delito que causó la muerte o lesiones corporales graves a la víctima, 
  2. Específicamente pretende que la declaración sea tomado como una amenaza. 
  3. En estas circunstancias, la declaración fue tan inequívoca para transmitir la gravedad de la amenaza a la víctima, 
  4. La declaración causó que la víctima temeria razonablemente por la seguridad de su familia inmediata Y
  5. El acusado puede o no haber tenido la intención a llevar a cabo la amenaza. 

En un juicio con jurado, la fiscalía tiene que probar ante el jurado, más allá de toda duda razonable, que el acusado hizo todas estas cosas para que el acusado sea declarado culpable de amenazas criminales. Si, por ejemplo, el jurado tiene alguna duda razonable, después de escuchar todas las pruebas, que el acusado no “pretende específicamente” su declaración como una amenaza, el acusado será declarado “no culpable” de una amenaza criminal, incluso si el jurado estaba convencido de que la presunta víctima se sintió seriamente amenazada por las declaraciones del acusado. De manera similar, si el jurado tiene alguna duda razonable de que la declaración del acusado no fue tan "inequívoca" como para que, objetivamente, se pudiera considerar como una amenaza, entonces el acusado sería declarado "no culpable" de amenazas criminales en ese caso.

Una “declaración” puede ser considerado una amenaza si se hace verbalmente, por escrito, o por comunicación electrónica. Sin embargo, los gestos psíquicos no están incluidos en esta definición. También debe tenerse en cuenta que una declaración puede ser una amenaza, incluso si el acusado nunca tiene la intención o planea llevarla a caboPC422 lo deja claro.

Las Amenazas Criminales son un delito de “intención específica” en California, lo que significa que la fiscalía no puede probar este cargo al demostrar que el acusado “imprudentemente” o “negligentemente” hizo que la víctima se sintiera amenazada.  En cambio, la fiscalía tiene que demostrar que cuando el acusado hizo sus declaraciones, el acusado los hizo con la intención de que se los tomara como una amenaza. Mientras nadie en la sala del tribunal puede “leer la mente” del acusado para ver lo que realmente pensaba en el momento en que hablo, tanto el fiscal como la defensa pueden usar evidencia circunstancial para probar que pretendió al acusado, si acaso, lo hizo cuando hicieron sus declaraciones.

Posibles defensas a un cargo de amenazas criminales en California

Como se mencionó anteriormente, las amenazas criminales son un delito de "intención específica", por lo que la fiscalía debe demostrar que el acusado realmente tenía la intención de que sus declaraciones se tomaran como una amenaza. Por lo tanto, si la defensa puede argumentar que el acusado en realidad nunca tuvo la intención de que sus declaraciones fueran amenazantes y que la presunta víctima y otros simplemente no las entendieron, entonces esto debería resultar en un veredicto de "no culpable" por un cargo de amenazas criminales.

La Fiscalía no solo debe demostrar que el acusado tenía la intención de amenazar con sus declaraciones, sino que la declaración, también fue desde un punto de vista objetivo, mejor interpretada como una amenaza. Incluso cuando la presunta víctima se siente realmente amenazada por el acusado y sus declaraciones, la fiscalía aún debe demostrar que la presunta víctima fue razonable en sus sentimientos. Entonces, si la defensa puede comprobar que la presunta víctima reaccionó a “manera exagerada” a las declaraciones del acusado o las“malinterpreto”, y que las declaraciones del acusado no sonarian una amenaza para una persona razonable y ordinaria, entonces una absolución de este cargo es apropiada por este motivo, también. La defensa también puede atacar este elemento demostrando que la amenaza del acusado era demasiado impreciso o ambigua para ser interpretada como una amenaza. Como mencionado anteriormente, la declaración del acusado debe "inequívocamente" transmitir temor a la presunta víctima. Un declaración que es demasiado imprecisa no transmite  “inequívocamente” su seriedad, y asi en esos casos el acusado debe ser absuelto de amenazas criminales, incluso si la presunta víctima se siente asustada. 

Como dice el viejo refrán, “el contexto lo es todo” y tanto la fiscalía como la defensa probablemente se basarán en los hechos de un caso de Amenazas Criminales de diferentes maneras para mostrar cómo el jurado debe interpretar el problema del intento del acusado y cómo deberían sus declaraciones ser interpretado. Se podrían considerar factores como la historia del acusado con la presunta víctima, acontecimientos circundantes, y las normas sociales.

También hay algunos límites constitucionales a los juicios por Amenazas Criminales. La Primera Enmienda a la Constitución de los Estado Unidos nos da libertad de expresión a todos nosotros. Si bien está claro que nadie tiene el derecho de usar su discurso para amenazar violentamente a una persona, los casos de amenazas criminales implican necesariamente un procesamiento de alguien basado en su discurso. Una defensa exitosa de un caso de Amenazas criminales debe leer los cargos con cuidado y estrictamente para asegurarse que el acusado no esté siendo procesado por discurso que es protegido constitucionalmente.  Mientras la línea entre “libertad de expresión” y las "amenazas" no siempre está clara, los tribunales han dictaminado que la PC 422 no tiene la intención de procesar a las personas por "arrebatos emocionales" o por "simplemente expresar" pensamientos mórbidos o violentos.

La sentencia, el castigo, y posible Tiempo en la Cárcel por Amenazas criminales en California

Amenazas criminales bajo de PC 422 es un delito “inestable” lo que significa que puede ser procesado como un delito menor o mayor. Si el fiscal acusa a las Amenazas Criminales como un delito menor o mayor dependerá de las circunstancias del caso y los antecedentes penales del acusado. Como delito menor, las amenazas criminales son punibles con hasta 1 año de prisión. Como delito mayor las amenazas criminales son punibles con 16 meses, 2 años, o 3 años de encarcelamiento.