
Agresión con una arma mortal
Agresión con una arma letal, arma de fuego, o fuerza que pueda producir lesiones corporales graves en California: Sección 245 en el Código Penal
Como se analiza en otra sección, la agresión es un delito penal en California según la Sección 240 (“PC 240”) del Código Penal. La sección 245 (“PC 245”) del código penal describe tipos de asaltos más específicos y graves en la ley de California, que involucra la comisión de un asalto con el uso de una arma letal, una arma de fuego, o una fuerza particularmente severa que probablemente resulte en daños corporales.
“Agresión” es un tipo de palabra que puede significar muchas cosas diferentes en diferentes jurisdicciones. Muchos estados usan “agresión” para describir diferentes tipos de delitos. Aunque, por general, todos ellos involucran algún tipo de delito de violencia contra otras personas, debe tener cuidado de ver exactamente qué tipo de comportamiento tipifica una ley de agresión al preparar una defensa en un caso de agresión.
Como demuestra la fiscalía un cargo de agresión con un arma letal, un arma de fuego, o una fuerza que puede producir un gran daño corporal?
Primero, la fiscalía tiene que probar todos los elementos de agresión, más allá de una duda razonable.
Estos son:
1-Que el acusado cometió ilegalmente un acto que tiende a dar como resultado probable y directamente la aplicación de la fuerza a otra persona Y
2-De hecho, el acusado tenía la capacidad de infligir una lesión violenta a otra persona
Además, para condenar al acusado de un tipo de asalto más específico bajo PC 245, la fiscalía debe probar más allá de toda duda razonable, que:
- El acusado usó un arma letal, otro que no era un arma de fuego
- El acusado usó un arma de fuego, O
- El acusado usó la fuerza que puede producir grandes daños corporales.
Cualquiera de estos tres que estén cargados y comprobados afectará el tipo de agresión que se aplica en la PC 245, y esto, en resultado, afectará los tipos de castigos posibles (consulte la sección a continuación).
Si, después de escuchar todas la pruebas, un jurado tiene una duda razonable con respecto a cualquiera de los elementos mencionados anteriormente, entonces el acusado será declarado “no culpable” de agresión bajo la PC 245.
Tenga en cuenta que no importa si el acusado tenía la intención específica de lastimar a la víctima. Lo único que importa es que el acusado actuó voluntariamente de tal manera que amenazaba la fuerza sobre la víctima. De esta manera, la agresión bajo la PC 245 (y bajo la PC 240) se considera un “delito de intención general,” lo que significa que la fiscalía no tiene que demostrar que el acusado realmente tenía la intención de lastimar o amenazar a la víctima de ninguna manera. Si la fiscalía muestra, más allá de toda duda razonable, que el acusado realizó voluntariamente alguna acción, en circunstancias en las que el acusado sabía o debería haber sabido que la acción podría amenazar con la fuerza de la víctima, entonces probablemente el acusado será declarado culpable de agresión bajo PC 245.
Tampoco importa si la víctima resultó herida. La agresión criminaliza ciertos tipos de comportamiento que amenazan la fuerza sobre otros, pero no necesariamente la aplicación de la fuerza en sí. Donde la fuerza se aplica realmente a la víctima, el delito generalmente se carga como una batería en su lugar. Por esta razón, a veces, la agresión se conoce como un “intento de batería.” Una “arma letal” puede ser cualquier objeto que se use de una manera que cause la muerte o lesiones graves, que también es capaz de causar tales lesiones cuando se usan de esa manera. Los cuchillos grandes cuentan fácilmente en está categoría, pero también ciertas herramientas o equipos deportivos cuando se usan de cierta manera. Una arma descargada también podría contar como un arma mortal si se usa para golpear a alguien, al igual que un lápiz cuando se usa para apuñalar a alguien de cierta manera. Sin embargo, al menos está claro que una “arma mortal” es extrínseca al propio acusado. Los puños y los pies, entonces, no contarán como “armas mortales” en la PC 245. Sin embargo, el uso de la destreza física de una persona todavía puede contar como un tipo de agresión de fuerza “que puede producir un gran daño corporal”, en algunas circunstancias. Por ejemplo, si un boxeador profesional lanzará golpes agresivos a la víctima, esto podria contar como agresión en la PC 245 “con la fuerza que puede producir grandes lesiones corporales”, debido al nivel de entrenamiento del acusado y su comportamiento voluntariamente amenazador.
Posibles defensas contra un cargo de agresion con un arma mortal, un arma de fuego, o con la fuerza que pueda producir un gran daño corporal.
La Fabricacion
Al igual que con la mayoría de los cargos penales, un cargo de agresión bajo PC 254 puede defenderse demostrando que el delito acusado nunca podría haber ocurrido. Una buena defensa debe explorar si los testigos de la fiscalía son creíbles. Por ejemplo, ¿hacen alguna declaración inconsistente? ¿Tienen algún motivo para mentir? ¿La prueba física corrobora su versión de los hechos? ¿Hay alguna prueba que valga la pena explorar que la policía pudo haber omitido, como un video o un testimonio de un testigo presencial? Todas estas vías deben ser exploradas a fondo cuando se prepara una defensa de un cargo bajo PC 245, o cualquier cargo de agresión para el caso.
La conducta que de otra manera es agresiva es legal si 1-El acusado creía razonablemente que la fuerza o la violencia eran necesarias para prevenir un daño corporal a ellos mismos o a otros, 2-el acusado se sintió razonablemente amenazado, o sintió que otros fueron amenazados y 3-el acusado no usó más fuerza de la que era razonablemente necesario bajo las circunstancias.
Cabe destacar dos cosas importantes: primero, un argumento exitoso para la autodefensa o la defensa de otros no requiere cualquier prueba de que el acusado “realmente” se sintió amenazado por la víctima. Todo lo que se requiere es que el acusado “cree razonablemente” que la víctima se estaba comportando de una manera que amenazaba a los acusado u otros. Por ejemplo, si alguien se acerca al acusado con un arma descargada solo para asustarlo o bromear, el acusado podría “razonablemente creer” que estaban siendo amenazados a pesar de que el arma estaba descargada y nunca iba a lastimar al acusado.
En segundo lugar, tenga en cuenta que la defensa no tiene que “probar” completamente cada elemento de la autodefensa o la defensa de los demás para tener éxito. Una vez que la defensa plantea el problema de manera justa, la carga recae en el fiscal para refutar cada elemento de autodefensa o defensa de los demás. Si, después de escuchar todas las pruebas, el jurado tiene duda razonables sobre la falta de algún elemento de autodefensa o defensa de otros, entonces declararán al acusado “inocente.” Lo que esto significa es que la defensa no tiene que convencer completamente al jurado de que estaban justificados en defensa propia o en defensa de los demás, solo tienen que plantear dudas razonables de que no lo estaban.
Falta de Voluntad
Como se explicó anteriormente, la fiscalía no tiene que probar que el acusado “intentó” dañar o agredir a la víctima en un caso de asalto. Aun así, la fiscalía debe demostrar que el acusado actuó voluntariamente. Si la fiscalía no puede demostrar que el acusado, con movimientos voluntarios actuó de tal manera que sabía o debería haber sabido que la víctima sería amenazada, entonces este será un veredicto de “no culpable.” Por ejemplo, si alguien en una tienda está admirando un cuchillo antiguo, y de repente es empujado por detrás a una multitud de personas mientras aún sostiene el cuchillo en la mano, la gente de esa multitud podría sentirse amenazada. Pero esto no sería “agresión” porque el acusado no actuó voluntariamente; el solo “amenazó” a las personas de la multitud porque fue empujado hacia ellos.
Posible castigo y condena por Agresión bajo PC 245
- Agresión con una arma mortal o fuerza que pueda causar grandes lesiones corporales
Está version de agresion es un delito “inestable” en California. Esto significa que puede ser cargado como un delito grave o un delito menor.
Como delito grave, el asalto con una arma mortal (que no sea una arma de fuego) puede ser castigado con encarcelamiento en una prisión estatal por 2, 3, o 4 años. Como un delito menor, la agresión con una arma mortal puede ser castigado con tiempo en la cárcel del condado hasta por un año, o con una multa de no más de $1,000. En cualquier caso, el tribunal puede optar por imponer tanto una pena de cárcel como una multa, si así lo desea. Además, el tribunal de sentencia puede optar por imponer la libertad condicional como una sentencia en lugar de tiempo en la cárcel.
Si la agresión con un cargo de arma mortal se carga como un delito grave o un delito menor probablemente dependerá de los siguientes factores:
- El registro anterior del acusado, en su caso
- Cualquier daño sufrido
- El tipo de arma o instrumento utilizado
Sin embargo, si la víctima es un oficial de policía o un bombero, y el acusado sabía o debería haber sabido que la víctima estaba cumpliendo sus deberes en ese momento, entonces este tipo de agresión es una delito grave y puede ser castigado con tiempo en una prisión estatal por tres, cuatro, o cinco años.
Si se usa una arma de fuego, entonces el castigo por agresión se vuelve aún más serio
- Agresión con un arma de fuego ( no un arma de agresión o semiautomático)
La agresión con un arma de fuego, que no sea un arma semiautomático o de agresión, es un delito “inestable” y puede ser castigado por encarcelamiento estatal por 2, 3, o 4 años, o por encarcelamiento en la cárcel del condado por 6-12 meses, o por una multa de $10,000, o por ambas multas y pena de cárcel. Sin embargo, cuando la víctima es un oficial de policía o bombero, el cargo siempre es un delito grave y los posibles castigos son cuatro, seis, u ocho años.
- Agresión con arma de fuego semiautomática
La agresión con un arma de fuego semiautomática siempre se castiga como un delito grave y se castiga con el encarcelamiento estatal durante tres, cuatro, o cinco años. Nuevamente, el delito se trata más grave cuando la víctima es un oficial de policía o un bombero, y en esos casos el cargo es punible por encarcelamiento estatal durante cinco, siete, o nueve años.
- Agresión con un arma de asalto (o ametralladora o rifle de .50 BMG )
Este tipo de agresión es castigado más severamente que otros en PC 245. Es punible con encarcelamiento estatal por 4, 8, o 12 años. Cuando la víctima es un oficial de policía o bombero, entonces los castigos posible son 6, 9, o 12 años de encarcelamiento estatal.
